LRJAP Y PAC Instrucción del Procedimiento Administrativo
En el Título VI de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se dan las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos:
- las tres fases en que se desarrolla
- iniciación,
- instrucción
- y terminación
- y la ordenación , que se refiere a los criterios a los que debe someterse el proceso en general.
En esta Microlección escucharemos la Instrucción del Procedimiento Administrativo que se desarrolla en el capítulo III.
La Instrucción del procedimiento que se regula en el Capítulo III, es el conjunto de actos que aportan al órgano decisorio los elementos de juicio necesarios para que dicte resolución.
Los actos de instrucción se realizarán de oficio por el órgano que tramite el procedimiento.
Existen una serie de trámites en esta fase de instrucción:
- Trámite de Alegaciones
- Trámite de Prueba
- Trámite de Informe
- Trámite de audiencia, que se efectuará poniendo de manifiesto a los interesados la totalidad del expediente.
- Trámite de Información pública
Recibe tratamiento específico el supuesto, cada vez más frecuente, de emisión de informes por una Administración Pública distinta de la que tramita el procedimiento, previendo que su no evacuación no paralizará necesariamente el procedimiento, a fin de evitar que la inactividad de una Administración redunde en perjuicio de los interesados.
Tipo: mp3
Duración: 00:09:05
Peso: 8,31 Mb |
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Este contenido puede ser de interés para el temario de los siguientes tipos de oposiciones:
Grupo C: Administrativo de Corporaciones Locales
Grupo C: Administrativo de Comunidades Autónomas
Grupo C: Administrativo del Estado
Grupo D: Auxiliar Administrativo de Corporaciones Locales
Grupo D: Auxiliar Administrativo de Comunidades Autónomas
Grupo D: Auxiliar Administrativo del Estado
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