Resumen La Corona
La Constitución Española en su artículo 1.3 establece como forma política del estado español la monarquía parlamentaria y dedica el Título II a regular La Corona.
El Título II de la Constitución regula la Corona y comprende los artículos 56 a 65.
El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
El Rey es inviolable y no está sujeto a responsabilidades porque sus actos no son válidos sin refrendo.
Deben refrendar sus actos: el Presidente del Gobierno o los ministros competentes en su caso. Cuando lo que se refrenda es la propuesta o nombramiento del presidente del Gobierno o la disolución de las cámaras prevista en el artículo 99 quién refrenda es el Presidente del Congreso.
La Corona de España es hereditaria.
La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación.
En caso de minoría de edad del rey o de la persona con derecho a suceder tras fallecimiento del rey se designará Regente y tutor, que sólo podrán recaer en la misma persona en caso de ser madre, padre o ascendiente directo del Rey.
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Este contenido puede ser de interés para el temario de los siguientes tipos de oposiciones:
Grupo C: Administrativo de Corporaciones Locales
Grupo C: Administrativo de Comunidades Autónomas
Grupo D: Auxiliar Administrativo de Corporaciones Locales
Grupo D: Auxiliar Administrativo de Comunidades Autónomas
Grupo D: Auxiliar Administrativo del Estado
Grupo D: Auxiliar de Informática del Estado
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