Título Noveno "Del Tribunal Constitucional"
La Constitución Española trata el Tribunal Constitucional en el título Noveno que comprende los artículos 159 a 165.
En él se describe la composición del Tribunal Constitucional y sus funciones.
En esta Microlección podemos escuchar completo el Título IX.
El título IX Del Tribunal Constitucional, en su articulo 159 determina cuál es la composición de dicho tribunal, quiénes lo eligen y quiénes pueden ser los elegidos, especificando las incompatibilidades del cargo.
El artículo 160 establece que el Presidente del Tribunal será elegido por y de entre sus componentes por un periodo de 3 años y nombrado por el Rey.
El artículo 161 expone que el Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y especifica las materias en que tiene competencias: recursos de inconstitucionalidad y amparo, conflictos entre el estado y las comunidades autónomas y otros.
El artículo 162 determina quién puede interponer los recursos de inconstitucionalidad y amparo.
El artículo 163 trata la cuestión de inconstitucionalidad que puede plantear un órgano judicial.
El artículo 164 trata la forma en que se publicarán las sentencias del Tribunal y sus efectos.
El artículo 165 dice que el funcionamiento del Tribunal vendrá regulado por una ley orgánica.
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